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Presente un formulario para cancelar una Declaración voluntaria de paternidad

Inicie una acción en la corte para anular (cancelar) una Declaración voluntaria de paternidad

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Inicie una acción en la corte para anular (cancelar) una Declaración voluntaria de paternidad

¡Aviso! Esta sección sólo da instrucciones generales. Es complicado presentar una acción en la corte para anular una declaración voluntaria de paternidad. Hable con el asistente de derecho familiar de su condado o con un abogado. Haga clic aquí si quiere obtener ayuda para encontrar a un abogado.

Haga clic en uno de los siguientes temas:

Introducción

Llene el formulario FL-280

Presente su formulario ante la corte

Entregue su formulario

Termine su caso


Introducción
Si no puede presentar un formulario CS 915, tiene que presentar una acción de la corte (llamada una "solicitud") para cancelar la declaración voluntaria de paternidad.

Presentar una acción en la corte quiere decir que:

  • Llena un Pedido de audiencia y Solicitud para anular la Declaración voluntaria de paternidad (formulario FL-280)
  • Presenta su formulario FL-280 llenado ante la corte,
  • Entrega el formulario al otro padre, y
  • Va a una audiencia de la corte y termina su caso.

No se aceptan las solicitudes de manera automática. Tiene que probar a la corte que tiene una buena razón para cancelar la declaración que firmó.

Las instrucciones en la página 4 del formulario FL-280 explican las razones legales para cancelar una declaración.

[ Principio de la página ]

Llene el formulario FL-280
Inicie su caso llenando un Pedido de audiencia y Solicitud para anular la Declaración voluntaria de paternidad (formulario FL-280).

El formulario FL-280 incluye instrucciones.

Si actualmente no hay un caso basado en su declaración voluntaria de paternidad, usted es el "Solicitante/Demandante" y el otro padre es el "Respondedor/Demandado". No llene el espacio para el número de caso en su formulario FL-280.

Si hay una orden, fallo o acción legal existente presentada en la corte basada en su declaración voluntaria de paternidad, su solicitud será parte de ese caso. Cuando llene su formulario FL-280, use el "Solicitante/Demandante" y "Respondedor/Demandado" y el número de caso que aparece en los documentos que recibió en ese caso.

Usted puede pedirle a un asistente de derecho familiar o a un abogado para que le ayude a llenar el formulario. Haga clic aquí si quiere ayuda para encontrar a un abogado.

[ Principio de la página ]

Presente su formulario ante la corte
Después de llenar su formulario FL-280, tiene que dárselo al secretario de la corte (llamado "presentar su reclamo").

Antes de ir a la corte, haga por lo menos 3 copias de su formulario FL-280. Déle su copia original y todas las copias al secretario de la corte.

Tendrá que pagar un honorario para presentar el formulario FL-280.

Si no tiene suficiente dinero, puede pedir una exención de cuotas. Haga clic aquí para obtener más información sobre las cuotas de la corte y las exenciones de cuotas.

El secretario de la corte escribirá la fecha, la hora y el lugar para su audiencia en la corte en sus copias del formulario FL-280.

[ Principio de la página ]

Entregue su formulario
Entregar el formulario FL-280 quiere decir que el otro padre recibe una copia del formulario FL-280 que usted presentó ante la corte. El formulario le dará información al otro padre sobre la audiencia para su caso. Haga clic aquí para aprender más sobre cómo entregar los documentos de la corte.

Si la agencia local de manutención de los hijos (LCSA, por sus siglas en inglés) le está ayudando con su caso, también tiene que entregarle una copia del formulario FL-280 a la agencia.

También tiene que entregar un formulario en blanco llamado Declaración de respuesta a la Solicitud para anular una Declaración voluntaria de paternidad (formulario FL-285).

Hay 2 maneras de entregar sus formularios FL-280 y FL-285: entrega en persona y entrega por correo.

"Entrega en persona" quiere decir que alguien -no usted- tiene que dar sus formularios personalmente al otro padre.

"Entrega por correo" quiere decir que alguien -no usted- tiene que enviar sus formularios por correo al otro padre.

Es más fácil la entrega por correo que la entrega en persona, pero sólo puede usar la entrega por correo en algunos casos.

Si tiene un caso existente, puede hacer que se entregue el formulario FL-280 por correo si el otro padre presentó el caso original o respondió a su petición o demanda.

Si no hay un caso existente O si el otro padre no presentó el caso original O no contestó su petición o demanda, no puede entregar los formularios por correo.

Si no puede hacer que se entreguen los formularios por correo, tiene que usar la entrega en persona.

Después que se entreguen los formularios al otro padre, presente una prueba de entrega ante la corte. Si su formulario FL-280 se entrega en persona, puede usar un formulario FL-330, Prueba de entrega en persona. La persona que entregó su formulario FL-280 tiene que llenar y firmar este formulario y devolvérselo para que usted lo pueda presentar ante la corte.

Si se entregó su formulario FL-280 por correo, use el formulario FL-335, Prueba de entrega por correo.

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Termine su caso
Para terminar su caso, vaya a su audiencia. La fecha, hora y lugar de su audiencia aparecen en la primera línea del formulario FL-280 que le dio el secretario.

Lleve un formulario FL-290, Orden después de la audiencia sobre la Petición para anular la Declaración voluntaria de paternidad. Antes de la audiencia, llene las casillas correspondientes al nombre y dirección en la parte superior de este formulario.

Si el juez aprueba su solicitud, tanto usted como el otro padre tienen que hacerse un análisis genético.

Si los análisis genéticos demuestran que el padre que aparece en la declaración de paternidad no puede ser el padre del niño, el juez dará una orden diciendo que esta persona no es el padre.

Si los análisis demuestran que el padre en la declaración es el padre del niño, todas las órdenes basadas en la declaración seguirán vigentes. La declaración también se puede usar para pedir órdenes de custodia, de visitación o de manutención de los hijos. También puede haber una nueva acción presentada para establecer paternidad.

Si el juez no aprueba su solicitud, todas las órdenes de la corte basadas en la declaración de paternidad seguirán vigentes. La declaración se puede usar para pedir órdenes de custodia, de visitación o de manutención de los hijos.

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Última modificación: 03/17/2008

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