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¿Qué hago si se trata de una emergencia?

A veces hay una emergencia y es necesario establecer la tutela rápidamente. Por ejemplo:

  • el menor necesita tratamiento médico de inmediato;
  • hay que inscribir al menor en la escuela;
  • ambos padres del menor han fallecido, están ausentes, encarcelados o legalmente incapacitados; o
  • el padre del menor es a su vez menor de edad.

En casos de emergencia como éstos, puede pedirle a la corte que nombre a un tutor temporal. Tiene que mostrar “causa justificada”, o, en otras palabras, tiene que tener un muy buen motivo para solicitar una tutela temporal. (Vea la sección 2250(b) del Código Testamentario This is an external link. Click this icon for our external linking policy..)

Aunque presente una solicitud de tutela temporal, igual tendrá que solicitar una tutela general al mismo tiempo. Una tutela temporal es solamente una orden de emergencia, y se dará por terminada cuando la corte nombre a un tutor general.

Para solicitar una tutela temporal, llene los siguientes formularios:

  • Petición para nombrar al tutor temporal de una persona, formulario GC-110(P), si está solicitando solamente ser tutor de una persona,

    O

    Petición para nombrar a un tutor temporal, formulario GC-110, si está solicitando además una tutela del patrimonio del menor;
  • Orden para nombrar a un tutor temporal, formulario GC-140
  • Cartas de tutela temporal, formulario GC-150
  • Cualquier otro formulario exigido por su corte local.

Recuerde que también tiene que llenar todos los formularios de tutela general.

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Última modificación: 03/17/2008

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