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Cómo dar aviso

La ley dice que debe “dar aviso” a ciertas personas, parientes y dependencias gubernamentales. Esto quiere decir que alguien (que no sea usted) tiene que “entregar legalmente” (dar) copias de los formularios de la corte a esas personas y dependencias del gobierno, ya sea personalmente o por correo, para que sepan que está solicitando ser tutor del menor.

Tiene que entregar los formularios aunque crea que nos les importa o que no estarán de acuerdo con que sea el tutor.

Para dar un aviso hay que cumplir con ciertas reglas. Las tiene que seguir al pie de la letra. Si no, es posible que tenga que volver a empezar.

Existen 2 tipos de aviso: personal y por correo.

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Última modificación: 03/17/2008

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