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Usted está aquí: Familias y niños > Tutela (Corte testamentaria) > Deberes del tutor de un patrimonio > Una vez que la corte me nombre tutor de un patrimonio, ¿cuáles son mis deberes?
A los 90 días de recibir el nombramiento de tutor tiene que presentar informes financieros ante la corte, incluyendo un inventario y valuación, firmado por un árbitro testamentario, que muestra el valor de los bienes del patrimonio. Tendrá que:
- Juntar y hacer una lista de todos los bienes del menor, y encontrar, obtener y proteger todo el dinero y las propiedades que forman parte del patrimonio; después
- Poner todos los bienes a nombre de la tutela; y
- Registrar copias de las Cartas de tutela (formulario GC-250) ante el Registrador de cada condado donde el menor posee bienes raíces (tierra, casas o edificios).
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Última modificación: 03/17/2008
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