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¿Tengo que ir a la corte para dar por terminada la tutela?

Sí. Vaya a la corte en la fecha de su audiencia. Llene la Orden para dar por terminada la tutela, formulario GC-260.

Si la corte decide dar por terminada la tutela, el juez firmará este formulario. No se olvide de presentar este formulario ante el secretario de la corte después que el juez lo firme.

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Última modificación: 03/17/2008

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