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¿Siempre hace falta dar aviso antes de presentar una demanda de retención ilícita?

En general, sí. Pero hay unas pocas excepciones:

  • Alquileres por plazo fijo: Si el inquilino tiene un contrato de alquiler por un periodo fijo de tiempo, y el alquiler venció y el propietario no lo prolonga, el propietario puede presentar una demanda de retención ilícita sin dar aviso previo. Pero el propietario no puede aceptar ningún otro pago del inquilino después de que el contrato de alquiler venza, o se estará comprometiendo a un nuevo contrato de alquiler. *
  • El propietario acepta el aviso del inquilino de dar por terminado el alquiler: Si el inquilino le da al propietario un aviso indicando que se va a mudar, pero no lo hace, el propietario puede presentar una demanda de retención ilícita de inmediato.
  • El inquilino trabaja para el propietario y vive en la propiedad como parte de su trabajo: el propietario puede presentar una demanda de retención ilícita sin dar aviso apenas el inquilino deje de trabajar para el propietario.

* En una ciudad que tenga control de alquileres, es posible que el propietario no pueda desalojar al inquilino cuando venza el contrato de alquiler, a menos que el propietario tenga una buena razón (“causa justificada”) para pedir el desalojo. En ese caso, el propietario probablemente tendrá que dar aviso. Haga clic aquí para averiguar si la unidad está bajo el régimen de control de alquileres.

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Última modificación: 03/17/2008

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