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Si se vende la propiedad, ¿el nuevo dueño puede desalojar al dueño anterior, o a los inquilinos del dueño anterior?

Sí, si el nuevo dueño compró la propiedad en:

  • Una subasta de ejecución hipotecaria,
  • Una venta por ejecución hipotecaria, o
  • Una venta realizada bajo un poder legal de venta otorgado por una hipoteca o una escritura de fideicomiso.
Si el dueño anterior no abandona la propiedad una vez vendida, el nuevo dueño puede entregarle un Aviso de desalojo en 3 días y presentar una demanda de retención ilícita ante la corte. El aviso tiene que incluir:
  • El nombre de los dueños anteriores,
  • La dirección de la propiedad,
  • La fecha en que el nuevo dueño quiere que la propiedad quede vacante,
  • El nombre del nuevo dueño, y
  • La firma del nuevo dueño y la fecha del aviso.
Si los inquilinos le estaban alquilando la propiedad al dueño anterior, es posible que el nuevo dueño les tenga que dar un Aviso de 30 días para poder desalojarlos. En ese caso, el propietario debería hablar con un abogado e informarse sobre los distintos tipos de avisos legales que se mencionan más arriba.

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Última modificación: 03/17/2008

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