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Usted está aquí: Reclamos menores > Cómo cobrar un fallo a su favor > Consejos para cobrar un fallo a su favor
Si usted gana el caso, dependerá de usted cobrar el monto del fallo. A continuación le damos algunos consejos para cobrar su fallo:
Anime al deudor a que le pague voluntariamente.
Organícese.
Pida ayuda a un abogado o a una agencia de cobranzas.
Pida ayuda a la corte.
Aprenda las reglas especiales para fallos de reclamos menores.
Cosas que no debería hacer cuando trata de cobrar un fallo a su favor.
Anime al deudor a que le pague voluntariamente.
Si es demasiado agresivo cuando trata de cobrar el fallo, el deudor puede declararse en quiebra. Esto quiere decir que usted tendría que presentar un reclamo en la corte federal de quiebras.
Como los reclamos menores son por menos de $5,000, la mayoría de los deudores de reclamos pueden pagar con el correr del tiempo.
Haga clic aquí para obtener consejos de ayuda para que el deudor pague voluntariamente.
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Organícese.
- Guarde un registro de todo lo que hace para cobrar el fallo.
- Haga una copia del fallo.
- Anote los datos de contacto del deudor y haga una lista de los bienes de él.
- Anote sus gastos. Muchos gastos de cobranza se pueden reembolsar. Haga clic aquí para obtener ayuda para recuperar sus gastos de bolsillo.
- Para calcular el interés sobre el monto del fallo, anote la fecha del fallo. En general es la misma fecha en que el secretario de la corte le envió por correo el Aviso de publicación del fallo (formulario SC-130). Anote también las fechas de todos los pagos parciales hechos por el deudor. Si el deudor hace pagos parciales por cheque, no olvide anotar la ubicación de la sucursal del banco y el número de cuenta. Haga clic aquí para obtener información sobre cómo calcular el interés sobre el monto no pagado del fallo.
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Pida ayuda a un abogado o a una agencia de cobranzas.
Puede pedirle a un abogado o a una agencia de cobranzas que le ayude a cobrar el fallo, pero es posible que tenga que pagar 40% del monto total, o más, por honorarios. También pueden pedirle que les asigne el derecho al cobro del fallo. En general, un abogado o agencia de cobranzas le escribirá cartas al deudor. También pueden ayudar a localizar los bienes del deudor. Usted mismo también puede hacer estas cosas.
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Pida ayuda a la corte.
Si el deudor no le paga, la corte también puede emitir documentos y dar otras órdenes que le permitan:
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Aprenda las reglas especiales para fallos de reclamos menores.
Debe conocer estas reglas especiales para fallos de reclamos menores:
El deudor tiene 30 días a partir de la fecha del fallo original antes de tener que pagarle.
Durante este tiempo, el deudor puede:
- Pagar el fallo voluntariamente,
- Pedir a la corte que le permita pagar a plazos,
- Presentar una apelación, o
- Llenar y enviarle una Declaración de bienes del deudor del fallo (formulario SC-133).
El deudor puede pagar el fallo directamente a la corte, si prefiere.
La corte (no el deudor) le dirá entonces que el pago fue hecho en la corte. Es muy importante que la corte tenga su dirección postal actualizada en todo momento. Si la corte no se puede poner en contacto con usted en un plazo de 3 años para decirle que tiene el pago de su fallo, el dinero pasará a ser propiedad de la corte. Si tiene preguntas sobre este pago, dígale a la corte el nombre del caso, el número del caso y la fecha de emisión del fallo.
El deudor puede enviarle una Declaración de bienes del deudor del fallo (formulario SC-133).
Si el deudor no llena y le envía este formulario (y no ha pagado o apelado el fallo, o pedido pagar a plazos), usted puede pedir a la corte que sancione al deudor.
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Cosas que no debería hacer cuando trata de cobrar un fallo a su favor.
La ley de California (Ley Rosenthal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas, secciones 1788 a 1788.3 del Código Civil de California) dice que hay ciertas cosas que no debería hacer cuando trata de cobrar un fallo. Esta ley vale solamente para las deudas de consumidores, pero da un marco de referencia de conducta aceptable a cualquier persona que esté tratando de cobrar una deuda. La ley federal es parecida, pero no vale en su caso a menos que usted sea un cobrador de deudas "profesional". Para obtener más información, lea las secciones 1788 a 1788.3 del Código Civil. (Para encontrar estas secciones, haga clic aquí y busque las secciones 1788 a 1788.3 del "Civil Code" [Código Civil]).
Siga estas reglas para cobrar su deuda:
- Llame en horario razonable (por ejemplo, de 9 de la mañana a 8 de la noche).
- Identifíquese sin engaños.
- Use lenguaje comercial profesional cuando hable y escriba.
- No use lenguaje obsceno, no llame por cobrar, no acose al deudor llamándolo con demasiada frecuencia ni se haga pasar por un abogado, una dependencia de información de crédito ni nadie relacionado con el gobierno.
- No amenace con lesionar al deudor o a su familia, ni su propiedad o reputación.
- No sugiera que el deudor será acusado de cargos criminales (si no cometió ningún crimen) ni que le van a quitar los bienes (a menos que la ley lo permita y usted tenga intención de hacerlo). No dé a entender que va a transferir la deuda a una agencia de cobranzas.
Si no sigue estas reglas, el deudor lo podría demandar por:
- Uso inapropiado o abuso del proceso
- Invasión de vida privada
- Difamación
- Interferencia con posibles relaciones económicas o laborales
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Última modificación: 03/17/2008
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