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¿Qué quiere decir "entrega legal"?
¿Cuándo tengo que hacer la entrega legal de mi reclamo?
¿Quién puede hacer la entrega legal?
¿Cómo se hace una entrega legal?
¿Cómo sabe el juez que hice la entrega legal de mi reclamo?
¿Cómo se hace una entrega legal en persona?
¿Cómo se hace una entrega legal sustituida?
¿La corte puede hacer la entrega legal de mis documentos?
¿Tengo que hacer la entrega legal de mi reclamo al demandado dentro del estado de California?
¿A quién tengo que hacer la entrega legal?
¿Qué hago después de hacer la entrega legal al demandado y presentar mi prueba de entrega?
¿Qué pasa si no se hace la entrega legal de los documentos de la corte?
¿Qué pasa si no puedo hacer la entrega legal de los documentos de la corte antes del juicio?
¿Dónde puedo encontrar más información sobre la entrega legal de documentos?
¿Qué quiere decir "entrega legal"?
"Entrega" o "Entrega legal" es cuando una persona que no sea usted ni ninguna otra persona nombrada en el caso le entrega una copia de sus documentos de la corte a la persona, empresa o entidad pública a la que está demandando. La entrega legal le comunica a la otra parte:
- Qué es lo que está pidiendo,
- Cuándo y dónde se realizará el juicio, y
- Qué pueden hacer.
No hace falta entregar los formularios de exención de cuotas. Estos formularios son solamente para la corte.
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¿Cuándo tengo que hacer la entrega legal de mi reclamo?
Depende de cómo se haga la entrega.
Si usted es el demandante y está entregando el Reclamo del demandante (formulario SC-100):
- Para hacer la entrega legal en persona: Haga la entrega legal de su reclamo por lo menos 15 días antes de la fecha de la audiencia (ó 20 días si la persona, empresa o entidad pública que recibe la entrega está fuera del condado).
- Para hacer una entrega sustituida: Haga la entrega legal de su reclamo por lo menos 25 días antes de la fecha de la audiencia (ó 30 días si la persona, empresa o entidad pública que recibe la entrega está fuera del condado). Si la persona, empresa o entidad pública a la que hace la entrega legal está fuera de California, o si está entregando un formulario distinto, pídale más información al Asesor de Reclamos Menores.
Si usted es el demandado y está entregando el Reclamo del demandado (formulario SC-120):
- Para hacer una entrega legal personal o sustituida: Entregue su reclamo por lo menos 5 días antes de la audiencia en la corte.
- Pero si recibió la entrega legal a 10 días o menos de la fecha de audiencia en la corte, tiene que hacer la entrega legal de su reclamo por lo menos 1 día antes de la audiencia en la corte.
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¿Quién puede hacer la entrega legal?
Un amigo, un profesional de entrega legal o el alguacil. La persona que hace la entrega tiene que tener por lo menos 18 años de edad y no ser nombrada en el caso.
- Un "profesional de entrega legal" es alguien que cobra por entregar formularios de la corte. Consulte las Páginas Amarillas bajo la categoría "Process Serving".
- El alguacil (o el jefe de policía, si su condado lo tiene) también puede entregar formularios de la corte. Pregúntele al secretario de la corte cómo puede hacer para ponerse en contacto con el alguacil. O vea la sección sobre su condado del directorio telefónico, bajo la categoría "Sheriff". Tendrá que pagarle al alguacil, a menos que sea elegible para una exención de cuotas.
Para obtener más información sobre quiénes pueden hacer la entrega legal de documentos, haga clic aquí.
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¿Cómo se hace una entrega legal?
Hay 3 maneras distintas de hacer la entrega legal de documentos:
- Entrega en persona
- Entrega sustituida
- Entrega por correo certificado efectuada por el secretario de la corte
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¿Cómo sabe el juez que hice la entrega legal de mi reclamo?
La persona que hizo la entrega tiene que llenar un formulario llamado Prueba de entrega (Reclamos menores) (formulario SC-104), para cada persona, empresa o entidad pública a quien se hizo la entrega. La Prueba de entrega le dice a la corte quién recibió el documento, y cuándo, dónde y cómo lo recibieron.
Cuando la persona que hizo la entrega legal llene y firme la Prueba de entrega, usted tendrá que presentarla ante la corte por lo menos 5 días antes de la fecha de audiencia.
Si no tiene una Prueba de entrega para cada persona a quien le entregó sus documentos, o si la Prueba de entrega se llena de forma equivocada, el juez no podrá escuchar su caso.
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¿Cómo se hace una entrega legal en persona?
Pídale a una persona que tenga por lo menos 18 años de edad, y que no sea nombrada en el caso, que "entregue" (dé) una copia de sus documentos de la corte a la persona a quien está demandando, o al agente legalmente autorizado a aceptar documentos de la corte en nombre de dicha persona, empresa o entidad pública a la que está demandando.
Pídale a la persona que va a hacer la entrega que:
- Se acerque a la persona a la que va a hacer la entrega.
- Le diga, "Éstos son documentos de la corte".
- Le dé a la persona copias de todos los documentos de la corte. Si la persona no quiere recibir los documentos, que los deje cerca de la persona. No importa si la persona que recibe la entrega rompe los documentos o los tira a la basura.
- Llene y firme la página 2 de la Prueba de entrega (Reclamos menores) (formulario SC-104).
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¿Cómo se hace una entrega legal sustituida?
Si la persona a la que va a hacer la entrega no se encuentra en su casa o trabajo, le puede entregar los documentos a:
- Un adulto competente (que tenga por lo menos 18 años de edad) que viva en la misma casa que la persona que debe recibir los documentos, o a
- Un adulto que parezca estar a cargo en el lugar donde trabaja normalmente la persona que tiene que recibir los documentos, o a
- Un adulto que parezca estar a cargo en el lugar donde la persona que tiene que recibir los documentos recibe su correo (incluyendo un apartado de correo privado, pero no un apartado postal del Servicio Postal de los Estados Unidos). Nota: Esta opción sólo se puede usar en caso que no se conozca el domicilio físico de la persona que tiene que recibir los documentos de la corte.
La persona a cargo de la entrega también tiene que:
- Decirle a la persona que recibe los documentos de la corte que se los dé a la persona a quien está demandando.
- Anotar el nombre de la persona a quién le entregó los documentos de la corte. Si la persona se niega a dar su nombre, deberá anotar una descripción física de la persona que recibió los documentos.
- Enviar por correo de primera clase una copia de los documentos de la corte a la persona a quien está demandando, a la misma dirección donde dejó los documentos en persona.
- Llenar y firmar la página 2 de la Prueba de entrega (Reclamos menores) (formulario SC-104).
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¿La corte puede hacer la entrega legal de mis documentos?
Sí. Puede pagar a la corte para que envíe su reclamo por correo a la persona a quien está demandando. Pero si la persona a quien está demandando, o su agente autorizado a recibir documentos de la corte, no firma el recibo de correo certificado del Servicio Postal de los Estados Unidos con su nombre completo, o si el recibo es firmado por otra persona, tendrá que hacer la entrega legal nuevamente, ya sea personal o sustituida.
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¿Tengo que hacer la entrega legal de mi reclamo al demandado dentro del estado de California?
Sí. Tiene que entregarle el reclamo al demandado dentro del estado de California, a menos que:
- Su demanda sea sobre una propiedad que esté en California, pero cuyo dueño no viva en California.
- Tenga un accidente de carro en California, y el dueño o conductor del otro carro no viva en California.
Para obtener ayuda sobre cómo hacer una entrega legal fuera de California, pregúntele al Asesor Legal de Reclamos Menores.
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¿A quién tengo que hacer la entrega legal?
Si está demandando a una o más personas, pero no a una empresa o entidad pública, tiene que hacer la entrega a cada una de las personas a quienes está demandando. Por ejemplo, si tuvo un accidente de carro y está demandando al dueño del carro y al conductor, tiene que hacer la entrega legal de los documentos de la corte a ambos.
Si está demandando a una empresa o entidad pública, haga clic en uno de los siguientes temas:
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¿Qué hago si estoy demandando a una sociedad?
- Si está demandando sólo a la empresa, haga la entrega legal del reclamo a uno de los socios.
- Si está demandando a la empresa y a sus socios, haga la entrega legal del reclamo a cada uno de los socios.
- Si está demandando a una sociedad de responsabilidad limitada, haga la entrega legal del reclamo al socio general o al gerente general.
- Si la empresa tiene un agente autorizado a recibir documentos legales, puede haga la entrega legal del reclamo al él.
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¿Qué hago si estoy demandando a una corporación?
Haga la entrega legal del reclamo a uno de los funcionarios corporativos o al agente autorizado a recibir documentos legales. Puede encontrar el nombre del agente de la corporación autorizado a recibir documentos legales en el sitio Web del Secretario de Estado de California (en inglés). Este sitio Web también le dirá cómo escribirle al Secretario de Estado para obtener más información sobre la corporación, como por ejemplo una lista de los funcionarios corporativos.
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¿Qué hago si estoy demandando a mi propietario?
Haga la entrega legal del reclamo al dueño. Puede encontrar el nombre, la dirección y el número de teléfono del propietario en el contrato de alquiler, o en un cartel a la vista colocado en 2 sitios de la propiedad. También puede obtener su dirección en la oficina del tasador tributario (en inglés) de su localidad.
Si el contrato de alquiler tiene el nombre y la dirección del administrador, y el administrador no le quiere dar la dirección del propietario, puede hacer la entrega legal al administrador.
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¿Qué hago si estoy demandando al condado?
Haga la entrega legal al secretario del condado o al agente autorizado para recibir documentos legales. Para obtener la dirección y el número de teléfono del secretario, consulte el sitio Web del condado (en inglés). Puede también encontrar su dirección y número de teléfono en las páginas de gobierno de su directorio telefónico.
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¿Qué hago si estoy demandando a la ciudad?
Haga la entrega legal al secretario de la ciudad o al agente autorizado para recibir documentos legales. Puede encontrar su dirección y número de teléfono en las páginas de gobierno de su directorio telefónico. En general está bajo la sección correspondiente a la municipalidad, bajo CLERK (SECRETARIO).
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¿Qué hago si estoy demandando al estado?
Puede entregar el reclamo en la oficina del Procurador General del Estado si está demandando a la Patrulla de Caminos de California o a la mayoría de las Juntas de Asuntos del Consumidor. Si está demandando a Caltrans, tiene que hacer la entrega legal al Departamento de Transporte de California. Para obtener la dirección central del Departamento de Transporte, haga clic aquí . Haga clic aquí para obtener la dirección postal de la Oficina del Procurador General .
Para obtener más información, llame a la oficina del Procurador General al 1-800-952-5255.
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¿Qué hago si estoy demandando al gobierno federal?
No puede demandar al gobierno federal en la corte de reclamos menores.
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¿Qué hago después de hacer la entrega legal al demandado y presentar mi prueba de entrega?
Después de haber hecho la entrega legal de su reclamo al demandado y de haber presentado su prueba de entrega ante la corte, se debe preparar para la audiencia.
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¿Qué pasa si no se hace la entrega legal de los documentos de la corte?
El juez no podrá considerar su caso a menos que se hayan entregado legalmente los documentos de la corte de acuerdo a las reglas.
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¿Qué pasa si no puedo hacer la entrega legal de los documentos de la corte antes del juicio?
Si no pudo hacer la entrega legal de su reclamo (formulario SC-100 o SC-120) antes de la fecha de vencimiento, hable con el secretario de la corte de reclamos menores o el Asesor Legal de Reclamos Menores. Cada condado tiene sus propias reglas.
Si ya hizo la entrega legal de su reclamo a algunas de las partes a las que está demandando, pero no a todas, es posible que tenga que llenar y presentar una Solicitud para aplazar una audiencia de reclamos menores (formulario SC-110) por lo menos 10 días antes de la fecha del juicio (o explicar por qué no pudo cumplir con el plazo de vencimiento de 10 días). Después entregue o envíe por correo una copia del formulario a todos los otros demandantes y demandados nombrados en sus documentos de la corte.
Si el juez está de acuerdo en aplazar la fecha de la audiencia, le darán una nueva fecha para que tenga tiempo de hacer la entrega legal a todas las partes que corresponden.
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¿Dónde puedo encontrar más información sobre la entrega legal de documentos?
Haga clic aquí para obtener más información del sitio Web del Departamento de Asuntos del Consumidor.
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Última modificación: 03/17/2008
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