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Si la otra persona le debe dinero, trate de cobrarlo. Una vez que haya pagado, presente un formulario llamado Reconocimiento de pago del fallo (formulario EJ-100). Haga clic aquí para obtener más información sobre cómo cobrar un fallo a su favor.
Si debe dinero, páguele a la corte o a la otra persona. Si no, debe enviar un formulario (Declaración de bienes del deudor del fallo (formulario SC-133)) al demandante dentro de 30 días. Después de haber pagado, compruebe que la otra persona presente un formulario llamado Reconocimiento de pago del fallo (formulario EJ-100).
Si usted es el demandante, no podrá apelar el fallo del juez sobre su reclamo. Sólo la persona o empresa demandada puede apelar la decisión.
Si fue demandado por otra persona o empresa (esto se llama "contra demanda") y perdió, puede apelar. Haga clic aquí para saber cómo apelar.
Haga clic aquí para obtener más información del sitio Web del Departamento de Asuntos del Consumidor.
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Última modificación: 03/17/2008
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