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Usted está aquí: Tráfico > Preguntas comunes sobre las multas de tráfico
Esta sección responde a sus preguntas sobre qué hacer cuando recibe una multa de tráfico (también llamado un "Notice to Appear" (Aviso de comparecencia)).
Estas preguntas y respuestas no cubren las multas de estacionamiento. (Haga clic aquí para obtener más información sobre las multas de estacionamiento).
Si no encuentra aquí la información que está buscando, consulte el sitio Web de su corte local. O llame a la corte.
Haga clic en una de las siguientes preguntas:
¿Qué tengo que hacer con mi multa de tráfico?
¿Dónde está la corte?
¿A quién llamó si quiero hablar con alguien?
¿Tengo que ir a la corte?
¿Cómo pido un juicio?
¿Si me declaran "no culpable", me devolverán la fianza?
¿Necesito un abogado?
¿Cambian mis antecedentes del DMV cuando recibo una multa?
¿Puedo ir a la escuela de tráfico?
¿Qué puedo hacer si recibo una multa de "arreglo de vehículo"?
¿Qué pasa si recibí una multa por una violación de matricula de vehículo o una violación de licencia de manejar?
¿Qué pasa si no voy a la corte y no pago mi multa?
¿Cómo pago mi multa de tráfico?
¿Cómo apelo si me encuentran "culpable"?
¿Qué tengo que hacer con mi multa de tráfico?
Lea su "Notice to Appear" (Aviso de comparecencia). Encontrará:
- El nombre de la corte que decidirá su caso;
- La fecha límite para pagar la multa o ir a la corte; y
- Qué tiene que hacer para responder a la multa.
Sin embargo, si era menor de 18 años de edad cuando recibió la multa, es posible que la corte le envíe esta información más adelante.
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¿Dónde está la corte?
La dirección de la corte aparece en su "Aviso de comparecencia". Si no aparece en su multa, puede encontrar la dirección de su corte local en la Web.
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¿A quién llamó si quiero hablar con alguien?
Para un "Notice to Appear" (Aviso de comparecencia), llame a la corte que aparece en la multa o busque "Traffic Department" (Departamento vial) en las páginas gubernamentales de su directorio telefónico. U obtenga su número de teléfono del sitio Web de la corte.
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¿Tengo que ir a la corte?
Si recibió una multa por una infracción (como no parar en una señal de alto), probablemente podrá hacer todo lo que necesita hacer por correo.
Tiene que ir a la corte si lo acusan de un delito menor.
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¿Cómo pido un juicio?
Si piensa que no es culpable, pida un juicio.
Puede ir a la corte en la fecha que aparece en su multa y pedir un juicio.
Para la mayoría de las infracciones, puede enviar una carta a su corte pidiendo un juicio en la corte o un juicio por correo (también llamado "juicio por declaración escrita"). Tendrá que pagar la fianza aunque quiera tener un juicio. Envíe su carta por correo certificado o registrado, por lo menos 5 días antes de la "fecha de comparecencia" que aparece en su multa.
Si pidió un juicio por correo, el secretario de la corte le dará o enviará formularios. Úselos para explicar por qué quiere un juicio.
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¿Si me declaran "no culpable", me devolverán la fianza?
Sí. Si tiene un juicio y lo declaran "no culpable", la corte le devolverá la fianza a la persona que la pagó.
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¿Necesito un abogado?
Puede ir a la corte de tráfico sin un abogado.
Si quiere un abogado para una infracción de tráfico (como exceso de velocidad o cruzar con luz roja), puede contratar a uno. Pero la corte no le dará un abogado.
Por un delito menor, como manejar bajo la influencia de alcohol o drogas, le conviene tener un abogado. Si no puede pagar, la corte le dará un abogado.
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¿Cambian mis antecedentes del DMV cuando recibo una multa?
Después de pagar su multa, pueden agregarle puntos a sus antecedentes del Departamento de Vehículos Automotores (DMV, por sus siglas en inglés) a menos que vaya a la escuela de tráfico. Si la corte le deja ir a la escuela de tráfico, y le entrega su comprobante de que completó la escuela de tráfico antes de la fecha límite, no le agregarán puntos en sus antecedentes.
Si recibe puntos en sus antecedentes, su compañía de seguros le puede pedir que pague más por su seguro, o le pueden cancelar su póliza y decirle que encuentre seguro en otra compañía. Los puntos pueden quedar registrados en sus antecedentes por 3 a 7 años.
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¿Puedo ir a la escuela de tráfico?
La corte le puede decir lo que tiene que hacer para poder ir a la escuela de tráfico. Si ésta es su primera multa y la corte le permite ir a la escuela de tráfico, no le agregarán puntos en sus antecedentes.
Además de las cuotas de la corte, tendrá que pagar por ir a la escuela de tráfico. El curso de la escuela de tráfico dura un día entero. Algunas cortes le permiten tomar el curso de la escuela de tráfico en la Web.
¡Verifique que la corte acepte la escuela de tráfico que elija antes de inscribirse o regristrarse!
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¿Qué puedo hacer si recibo una multa de "arreglo de vehículo"?
Si, junto con un "Notice to Appear" (Aviso de comparecencia), un oficial de policía le da una multa de "arreglo de vehículo" ("fix-it ticket" en inglés), estará marcada la casilla "sí" debajo de "Violación que se puede corregir" en el frente de la multa. La policía le puede dar otra multa si no arregla el problema inmediatamente.
Cuando arregle el problema, consiga que una persona autorizada firme la parte de su multa que dice "Certificado de arreglo".
Lleve su comprobante de arreglo a la corte y pague la cuota para despedir los cargos antes de la fecha límite. Puede consultar su multa o ponerse en contacto con la corte para ver si la corte acepta un comprobante de arreglo por correo.
La corte despedirá su caso y no formará parte de sus antecedentes.
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¿Qué pasa si recibí una multa por una violación de matrícula de vehículo o una violación de licencia de manejar?
Hay muchas maneras de resolver este problema.
Una manera es ir a la oficina local del DMV . Pídale ayuda a un secretario del DMV.
Cuando arregle el problema, el DMV firmará la parte de su multa que dice "Certificado de arreglo".
Tiene que llevar o enviar la multa firmada con el comprobante de arreglo a la corte con su cuota para despedir los cargos. Haga esto antes de la fecha límite que aparece en su multa.
La corte despedirá su caso y no formará parte de sus antecedentes.
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¿Qué pasa si no voy a la corte y no pago mi multa?
Cuando usted firma su multa, está prometiendo que va a ir a la corte o pagar la multa.
Si no va a la corte o paga su multa, le pueden suspender su licencia de manejar. Y es posible que no pueda renovar la matrícula de su carro.
El juez también puede presentar cargos de "desacato" o "negarse a pagar una multa". Si eso ocurre, la corte podrá presentar un cargo de delito menor y podrá emitir una orden de arresto o agregarle una multa adicional (llamada una "tasa civil") de hasta $250.
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¿Cómo pago mi multa de tráfico?
Cuando la corte decida su multa, puede pagar en persona en la corte o por correo. Consulte la información impresa en la multa, el aviso de pago o el sitio Web de la corte para saber si puede pagar por teléfono o en línea. Si la corte le permite pagar en línea, puede hacer clic aquí para pagar por Internet en el sitio Web del Estado de California.
Para obtener más información, use el menú desplegable para encontrar la corte superior dónde procesarán su caso.
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¿Cómo apelo si me encuentran "culpable"?
El formulario TR-150 del Consejo Judicial contiene instrucciones sobre cómo apelar infracciones y formulario TR-155 se usa para una Aviso de apelación.
Si lo encontraron culpable después de un juicio por declaración escrita, puede presentar una solicitud para un nuevo juicio. Use el formulario Solicitud de nuevo juicio (Juicio de novo) (Juicio por declaración escrita) (Formulario TR-220). Consulte también las Instrucciones para el demandado (Juicio por declaración escrita -- Tráfico) (Formulario TR-200).
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Última modificación: 03/17/2008
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